Saltar al contenido
Documentación de extranjería y pasaporte sobre mesa de trabajo

¿Hace falta seguro médico para el arraigo en España?

No. Para el arraigo (social, sociolaboral, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad) no se exige contratar un seguro médico privado: lo confirma nuestro abogado de extranjería. Son las cinco figuras que recoge el Reglamento de Extranjería aprobado por el RD 1155/2024 y vigente desde el 20 de mayo de 2025. Si aun así quieres sanidad privada mientras tramitas tu residencia, te ayudamos a elegirla, pero no es un requisito del arraigo. Si quieres entender qué distingue a cada una de las cinco figuras y qué cambió respecto al reglamento anterior, tenemos un artículo dedicado a ello. No es asesoramiento legal: los requisitos de cada tipo de arraigo los fija Extranjería y conviene confirmarlos en las fuentes oficiales que enlazamos al final.

Alek5 min

Agente exclusivo de Sanitas · DGSFP C0320B67816207Ver certificado

En este artículo

Guía relacionada: Arraigo 2025: las cinco nuevas figuras, sin seguro médico obligatorio

El arraigo y el seguro médico, en claro

Ninguna de las cinco figuras exige seguro privado

El Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024 (vigente desde el 20 de mayo de 2025) recoge cinco figuras de arraigo: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Para ninguna de ellas se exige contratar un seguro médico privado: lo confirma nuestro abogado de extranjería.

Lo que cambia de una figura a otra son los requisitos propios del trámite, que fija Extranjería. Qué distingue a cada figura lo explicamos en nuestra guía del arraigo 2025 con las fuentes oficiales del BOE y del Ministerio de Inclusión.

Si aun así quieres sanidad privada

Te explicamos las opciones de Sanitas en tu idioma (atendemos en ocho) con su precio exacto y sin compromiso. Si decides contratar, nos ocupamos de la parte del seguro de principio a fin. Es una decisión tuya: no es un requisito del arraigo.

Como no hay un requisito que cumplir, eliges la póliza por lo que te encaje a ti: la cobertura que buscas, el presupuesto y la forma de pago que prefieras.

Información general, no asesoramiento legal. Que para el arraigo no se exige seguro médico privado nos lo confirma nuestro abogado de extranjería (octubre de 2026); los requisitos de cada figura los fija Extranjería y pueden cambiar, así que conviene confirmarlos en las fuentes oficiales que enlazamos al final.

Dudas habituales

Respuestas directas, las mismas que damos en la oficina.

¿Alguna de las cinco figuras de arraigo exige un seguro médico privado?

No. Para el arraigo (social, sociolaboral, socioformativo, familiar o de segunda oportunidad) no se exige contratar un seguro médico privado: lo confirma nuestro abogado de extranjería. Lo que varía entre las cinco figuras son los requisitos propios del trámite (tiempo de residencia, tipo de vínculo laboral, familiar o formativo, o si vienes de una autorización previa no renovada). Esos requisitos los fija Extranjería. Para los detalles exactos de tu figura, consulta la web oficial o a un abogado de extranjería antes de reunir la documentación.

Ya tengo un seguro de viaje o uno con copagos: ¿tengo que cambiarlo para el arraigo?

Por el arraigo, no: como no se exige contratar un seguro médico privado, no tienes que cambiar de seguro para presentar la solicitud. Otra cosa es la cobertura que quieras tener mientras vives en España: un seguro de viaje cubre sobre todo urgencias y asistencia temporal, y con una póliza con copagos pagas una parte de cada consulta o prueba. Si quieres, comparamos contigo lo que tienes con las opciones de Sanitas, pero es una decisión tuya, no un requisito del arraigo.

Si quiero sanidad privada mientras tramito el arraigo, ¿cuánto cuesta?

Depende de la póliza que elijas, de tu edad, de tu código postal y de cuántas personas vayáis en ella. Como referencia, con la tarifa de Sanitas de abril de 2026 y pago anual, Residents Visado (la versión sin copagos ni carencias) cuesta 1.544,89 € al año para una persona de 30 a 34 años asegurada sola en Madrid. Sanitas Residents (la versión con carencias) es algo más barata y admite pago mensual o trimestral. Como para el arraigo no se exige seguro, no tienes que ceñirte a ninguna versión concreta. La calculadora de esta página te da tu cifra al instante y sin pedirte ningún dato personal.

Mi arraigo es familiar: ¿cada miembro necesita su propio seguro?

No: para el arraigo familiar, como para las demás figuras, no se exige contratar un seguro médico privado. Si aun así queréis sanidad privada, podéis ir todos en la misma póliza. En Sanitas Residents y Residents Visado el precio por persona baja con dos o más asegurados (una pareja de 30 a 34 años en Madrid paga por Residents Visado 2.895,55 € al año entre los dos, frente a 1.544,89 € una persona sola). Te ayudamos a elegirla, pero no es un requisito del arraigo.

¿Por qué se habla ahora de cinco figuras de arraigo y no de las tres de antes?

Porque el Real Decreto 1155/2024 (en vigor desde el 20 de mayo de 2025) sustituyó el reglamento anterior y reorganizó el arraigo de tres figuras (social, laboral y familiar) a cinco: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Cambió también los tiempos de residencia exigidos y a quién cubre cada una. En ninguna de las cinco se exige contratar un seguro médico privado, como confirma nuestro abogado de extranjería. Si quieres entender qué distingue exactamente a cada una de las cinco figuras nuevas, qué cambió respecto al reglamento de 2011 y a quién deja de cubrir ahora el arraigo familiar, tenemos una guía dedicada a ello: Arraigo 2025: las cinco nuevas figuras, con las fuentes oficiales del BOE y del Ministerio de Inclusión.

Fuentes oficiales

Desde nuestra oficina de Majadahonda atendemos también a: